Gobierno Escolar


La Institución Educativa María Antonia Ruiz da cumplimiento a los requerimientos de la ley en cuanto a la conformación del gobierno escolar, plenamente contemplados en el Art. 142 de la ley 115 y el Art. 19 del Decreto 1860 para dar participación democrática a todos los miembros de la comunidad educativa. El gobierno escolar está constituido por los siguientes órganos: el Consejo Directivo, el Consejo Académico y el Rector

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Consejo Directivo

Como instancia directiva, de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa de la institución

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Consejo Académico

Como instancia superior para participar en la orientación pedagógica de la institución

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Rector

Como representante de la institución ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del gobierno escolar

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Personero

El personero es el encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el manual de convivencia

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Consejo Estudiantil

El Consejo de Estudiantes es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos

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Consejo de Padres

El consejo de padres de familia, como órgano de la asociación de padres de familia, es un medio para asegurar la continua participación de los padres y acudientes en el proceso pedagógico de la institución